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Términos y Condiciones de Uso para Profesionales de la Salud

Última actualización: agosto de 2026 — versión 2026-08-v2

Incluye la Política de Privacidad y la Política de Confidencialidad para profesionales. Restan completar los datos de la empresa marcados como «A COMPLETAR» y la validación final de asesoría legal antes de su uso en producción.

AVISO IMPORTANTE: Lea atentamente este documento antes de utilizar la plataforma CONSULTORIO PRO. Al completar su registro o utilizar cualquier funcionalidad, usted acepta quedar vinculado por estos Términos y Condiciones, la Política de Privacidad y la Política de Confidencialidad en su integridad. Si no está de acuerdo, no podrá utilizar la plataforma.

Parte I — Términos y Condiciones de Uso

Cláusula Primera — Identificación del titular de la plataforma

La plataforma CONSULTORIO PRO («la Plataforma») es titularidad de Olivos Medical Health SRL, CUIT N.° [ A COMPLETAR: número ], con domicilio en [ A COMPLETAR: domicilio completo ] («la Empresa» o «CONSULTORIO PRO»). Contacto del Oficial de Protección de Datos (OPD): [ A COMPLETAR: email del OPD ]. Canal de incidentes de seguridad: [ A COMPLETAR: email de seguridad ].

Reparto de responsabilidades sobre los datos de los pacientes. La institución en la que usted ejerce es el responsable del tratamiento de los datos de sus pacientes: fija la finalidad asistencial y decide quién de su equipo accede a ellos. La Empresa es la encargada del tratamiento: aloja, resguarda y responde por la seguridad de la infraestructura, y no utiliza esos datos para finalidades propias. Su deber de secreto profesional (art. 11, Ley N.° 17.132, y art. 10, Ley N.° 25.326) es personal y no se transfiere a ninguna de las dos.

Cláusula Segunda — Definiciones

  • «Plataforma»: software de CONSULTORIO PRO que integra historia clínica electrónica (HCE), administración de agenda y turnos, emisión de recetas digitales, gestión de perfil profesional público y herramientas de seguimiento clínico.
  • «Profesional»: médico, odontólogo, psicólogo, kinesiólogo u otro profesional de la salud habilitado que utiliza la Plataforma para el ejercicio de su actividad asistencial.
  • «Establecimiento»: clínica, consultorio o centro de salud que ha contratado la Plataforma en modalidad SaaS y bajo cuya órbita opera el Profesional.
  • «Historia Clínica Electrónica» (HCE): conjunto estructurado de datos sanitarios del Paciente (antecedentes, diagnósticos CIE-10/ICD-10, medicación, alergias, evoluciones, laboratorio y estudios). Conforme la Ley N.° 26.529, es un documento legal de titularidad del Paciente.
  • «Evolución Clínica»: registro escrito por el Profesional que documenta los hallazgos de la consulta, la valoración, el diagnóstico, el plan terapéutico y toda indicación relevante. Puede estar en estado borrador o firmada electrónicamente.
  • «Firma Electrónica»: mecanismo que, conforme el artículo 5 de la Ley N.° 25.506, permite al Profesional suscribir evoluciones, recetas y demás documentos clínicos asociando su identidad al documento. ConsultorioPRO la implementa con acceso individual por credenciales, sello de integridad (hash SHA-256) e imagen de firma y sello. No es «firma digital» en el sentido del artículo 2 de esa ley: no se emite sobre un certificado expedido por un certificador licenciado, y por lo tanto no goza de las presunciones de autoría e integridad del artículo 7. Para la receta electrónica, la Ley N.° 27.553 admite expresamente la firma electrónica.
  • «Receta Digital»: prescripción emitida electrónicamente conforme la Ley N.° 27.553 y normativa reglamentaria.
  • «Turno»: reserva de cita entre un Paciente y el Profesional, con trazabilidad completa de creación y cancelación.
  • «Logs» o «Registros de Auditoría»: registro automatizado e inmutable de quién hizo cada acción, sobre qué dato, qué operación, valores anteriores/posteriores, fecha/hora e IP/navegador.
  • «Datos Sensibles»: datos que revelan información sobre la salud (art. 2, Ley N.° 25.326). Toda la HCE reviste carácter sensible.
  • «Perfil Público»: información del Profesional visible en el sitio web del Establecimiento (foto, biografía, especialidad, formación, precio de referencia y disponibilidad).
  • «Documentación Profesional»: DNI, títulos habilitantes, matrículas, seguro de mala praxis (con vencimiento y estado de verificación) y firma digitalizada.
  • «SaaS»: provisión del software como servicio, licenciable a Establecimientos de terceros.

Cláusula Tercera — Objeto y alcance del servicio

3.1. CONSULTORIO PRO provee una plataforma digital integrada para la gestión de la actividad asistencial del Profesional: gestión de agenda; administración de turnos y sala de espera; HCE (creación, edición, firma y consulta de evoluciones; diagnósticos CIE-10, medicación, alergias, antecedentes; resultados y estudios); emisión de recetas digitales (Ley N.° 27.553); gestión de perfil profesional público; registro de documentación profesional y datos de cobro; gestión de coberturas y aranceles; y panel de métricas profesionales.

3.2. El alcance específico puede variar según el Establecimiento y la configuración de roles implementada.

Cláusula Cuarta — Habilitación profesional y registro

4.1. Solo pueden registrarse quienes cuenten con título habilitante vigente para el ejercicio de una profesión de la salud en la República Argentina (Ley N.° 17.132, Ley N.° 17.565 u otras aplicables, a nivel nacional y/o provincial).

4.2. El registro requiere datos de identidad; datos profesionales (título, especialidad/s, matrícula nacional y/o provincial, Establecimiento); documentación (título o diploma, credencial de matrícula vigente, póliza de seguro de mala praxis con vencimiento); datos de contacto; y datos de cobro cuando corresponda (CUIT, CBU, banco y titular).

4.3. CONSULTORIO PRO puede verificar la habilitación profesional, sin que ello exima al Profesional de su responsabilidad de mantenerla vigente.

4.4. El Profesional se obliga a notificar de inmediato cualquier suspensión, cancelación o inhabilitación de su matrícula o título, o la expiración de su seguro de mala praxis.

4.5. La cuenta es personal e intransferible y no puede ser utilizada por un tercero, aun cuando sea otro profesional habilitado.

Cláusula Quinta — Naturaleza tecnológica de la plataforma

5.1. CONSULTORIO PRO es una plataforma de tecnología aplicada al sector salud (HealthTech); no es prestadora de servicios de salud ni ejerce profesión sanitaria. Su uso no modifica ni condiciona el ejercicio profesional del Usuario.

5.2. Las funcionalidades no constituyen protocolo de atención, guía de práctica clínica ni recomendación terapéutica. El criterio clínico es de exclusiva responsabilidad del Profesional.

5.3. Si en el futuro se incorporaran herramientas de IA (alertas, sugerencias), tendrán carácter estrictamente auxiliar y nunca reemplazarán el juicio clínico del Profesional.

Cláusula Sexta — Obligación de registro en la Historia Clínica Electrónica

Obligación esencial: El registro de la evolución clínica del Paciente en la HCE es una obligación legal del Profesional, no una funcionalidad opcional. Su incumplimiento genera responsabilidad civil, penal, administrativa y ético-disciplinaria a cargo exclusivo del Profesional.

6.1. Conforme el artículo 15 de la Ley N.° 26.529, todo Profesional tiene la obligación de dejar constancia en la HCE de cada acto médico realizado. Esta obligación es de orden público y no puede delegarse ni condicionarse a factores tecnológicos o de conectividad.

Responsabilidad profesional: Si la Plataforma no estuviera disponible, el Profesional deberá registrar la evolución por medios alternativos e incorporarla a la HCE electrónica en el menor tiempo posible, y en ningún caso más allá de las cuarenta y ocho (48) horas siguientes a la consulta.

6.2. Contenido mínimo de cada evolución: fecha y hora; motivo de consulta; anamnesis relevante; hallazgos del examen físico; hipótesis o diagnóstico/s (con código CIE-10/ICD-10 cuando corresponda); plan terapéutico; evolución respecto de consultas anteriores; e indicaciones al Paciente. La omisión de datos clínicamente relevantes podrá ser considerada negligencia profesional.

6.3. El Profesional deberá firmar electrónicamente cada evolución dentro del mismo acto médico o, a más tardar, dentro de las veinticuatro (24) horas siguientes. La firma electrónica se rige por el artículo 5 de la Ley N.° 25.506 y, para la receta electrónica, por la Ley N.° 27.553, que la admite expresamente.

Obligación esencial: Una evolución en estado «borrador» no tiene valor como documento médico legal. Únicamente las evoluciones firmadas electrónicamente constituyen registros clínicos válidos a todos los efectos legales.

6.4. Una vez firmada, la evolución no puede eliminarse ni modificarse. Ante un error, el Profesional deberá generar una nueva entrada identificada como «corrección» o «aclaración», indicando la evolución a la que refiere. La Plataforma registra toda corrección en los logs.

6.5. Los diagnósticos se registran con codificación CIE-10/ICD-10 disponible en la Plataforma, sin perjuicio de complementarlos con descripción libre. La correcta codificación es responsabilidad del Profesional.

6.6. El Profesional mantendrá actualizados la medicación activa (dosis, vía y fecha de inicio) y las alergias (agente y tipo de reacción). La omisión, en particular de alergias relevantes, puede constituir negligencia.

6.7. El Profesional incorporará a la HCE los resultados de los estudios solicitados o recibidos, en el plazo más breve posible.

6.8. CONSULTORIO PRO provee alertas y recordatorios de apoyo (evoluciones pendientes de firma, turnos sin evolución), que no sustituyen la diligencia profesional. La omisión o firma extemporánea es de exclusiva responsabilidad del Profesional.

Cláusula Séptima — Recetas digitales

7.1. El Profesional habilitado puede emitir recetas digitales conforme la Ley N.° 27.553 y la reglamentación del Ministerio de Salud.

7.2. El Profesional es el único responsable del contenido, indicación y adecuación de la prescripción. CONSULTORIO PRO provee únicamente la infraestructura tecnológica.

7.3. El Profesional vinculará cada receta a la evolución correspondiente, asegurando la trazabilidad.

Obligación esencial: La prescripción mediante recetas digitales tiene los mismos efectos legales y éticos que la prescripción en papel. El Profesional asume plena responsabilidad por toda prescripción emitida a través de su cuenta.

Cláusula Octava — Gestión de agenda y turnos

8.1. El Profesional mantiene actualizada su agenda (horarios por día y consultorio, excepciones, duración por tipo de turno, modalidad, precio de referencia y disponibilidad online).

8.2. Se compromete a cumplir los turnos confirmados; las cancelaciones o modificaciones se realizan con la mayor antelación posible, notificando al Paciente.

8.3. Los datos de ausentismo se registran y pueden ser utilizados por el Establecimiento para la gestión de la agenda.

8.4. Las notas internas de los turnos no deben contener información clínica que deba constar en la evolución de la HCE.

Cláusula Novena — Perfil profesional público

9.1. El Profesional autoriza la publicación de su perfil en el sitio web del Establecimiento (nombre, título, especialidad, foto, biografía, áreas de interés, formación, precio de referencia y disponibilidad).

9.2. Es responsable por la veracidad de su perfil, en particular de títulos, especialidades y habilitaciones.

9.3. Puede solicitar en cualquier momento la desactivación de la visibilidad de su perfil público.

Cláusula Décima — Documentación profesional y vencimientos

10.1. El Profesional mantiene actualizada su documentación (título, matrícula nacional y/o provincial, póliza de seguro de mala praxis con fecha de vencimiento).

10.2. La Plataforma genera alertas ante la proximidad del vencimiento del seguro de mala praxis y otros documentos.

Responsabilidad profesional: El ejercicio de la actividad asistencial sin seguro de mala praxis vigente es de exclusiva responsabilidad del Profesional. CONSULTORIO PRO no es responsable por daños derivados de la atención durante períodos en que la cobertura haya expirado.

10.3. CONSULTORIO PRO puede suspender funcionalidades (emisión de recetas, firma de evoluciones) ante documentación vencida o ausente.

Cláusula Décimo Primera — Tratamiento de datos de pacientes

11.1. El acceso del Profesional a datos de Pacientes se limita a aquellos con quienes mantiene o ha mantenido relación asistencial y que han otorgado la autorización correspondiente.

11.2. El tratamiento se rige por la Ley N.° 26.529, la Ley N.° 25.326, el secreto médico y las normas éticas de su profesión.

11.3. El Profesional está sujeto al secreto profesional respecto de toda información de salud de los Pacientes; el deber es vitalicio, con las excepciones legales.

11.4. Está prohibido acceder a datos sin relación asistencial o autorización; compartir información fuera de los canales autorizados; usar datos para fines distintos de la atención; y descargar o reproducir información de la HCE fuera del sistema, salvo lo técnicamente necesario y autorizado.

Cláusula Décimo Segunda — Confidencialidad y secreto médico

12.1. La información clínica está protegida por el secreto médico (art. 11, Ley N.° 26.529; art. 177, Código Penal; códigos de ética profesionales).

12.2. El deber de confidencialidad subsiste tras el cese del uso de la Plataforma, el fin de la relación asistencial y la desvinculación del Establecimiento.

12.3. Las excepciones son las taxativamente previstas por la ley (notificación obligatoria; requerimiento judicial fundado; emergencia vital; y demás supuestos sanitarios).

Cláusula Décimo Tercera — Seguridad de las credenciales de acceso

13.1. El Profesional es el único responsable de la custodia de sus credenciales. Está prohibido compartirlas con cualquier tercero, incluyendo personal administrativo, residentes, suplentes u otros profesionales.

Obligación esencial: Toda evolución firmada electrónicamente desde la cuenta del Profesional se le imputa a él. El Profesional no podrá alegar que una evolución fue registrada por un tercero con sus credenciales, salvo notificación previa de uso no autorizado. A tal efecto, ConsultorioPRO conserva el registro de accesos y el sello de integridad de cada documento, conforme el artículo 5 de la Ley N.° 25.506.

13.3. Ante sospecha de acceso no autorizado, el Profesional deberá notificarlo de inmediato al canal de incidentes y cambiar sus credenciales.

Cláusula Décimo Cuarta — Registros de auditoría

14.1. La Plataforma registra automáticamente todas las operaciones del Profesional (consultas, creación, modificación y firma de evoluciones; emisión de recetas; acceso a datos; cambios de agenda), con identidad, fecha/hora, tipo de operación, dato afectado, valores antes/después e IP/navegador.

14.2. Los registros son inmutables y se conservan por un plazo mínimo de diez (10) años (Ley N.° 26.529).

14.3. Pueden ponerse a disposición del Paciente, del Establecimiento, de autoridades judiciales o administrativas y de organismos disciplinarios.

Cláusula Décimo Quinta — Responsabilidad del Profesional

15.1. El Profesional es el único responsable por el contenido clínico de las evoluciones; la correcta codificación CIE-10; la actualización de medicación y alergias; el contenido de las recetas; el cumplimiento de los turnos; la veracidad de su documentación; la vigencia de su habilitación y seguro de mala praxis; y la custodia de sus credenciales.

15.2. CONSULTORIO PRO no asume responsabilidad por actos u omisiones clínicas del Profesional.

15.3. El Profesional mantendrá indemne a CONSULTORIO PRO frente a reclamos originados en sus actos u omisiones en el ejercicio de su actividad.

Cláusula Décimo Sexta — Disponibilidad del servicio y contingencia

16.1. CONSULTORIO PRO procura disponibilidad continua, sin garantizar el 100%.

16.2. La interrupción del servicio no exime al Profesional de sus obligaciones de documentación: deberá usar medios alternativos y volcar la información a la HCE en el menor tiempo posible, sin exceder las 48 horas.

16.3. CONSULTORIO PRO no es responsable por las consecuencias de la omisión de registro durante períodos de no disponibilidad.

Cláusula Décimo Séptima — Integraciones, obras sociales y aranceles

17.1. El Profesional puede configurar obras sociales, prepagas, aranceles de estudios y precios de referencia.

17.2. Los aranceles son referenciales y de gestión interna; CONSULTORIO PRO no interviene en la relación con los financiadores ni garantiza su pago.

17.3. La integración con obras sociales requerirá autorización expresa del Paciente y se regirá por la Superintendencia de Servicios de Salud.

Cláusula Décimo Octava — Comunicaciones electrónicas

18.1. El Profesional acepta recibir comunicaciones del servicio (alertas de vencimiento, cambios de agenda, alertas de seguridad y modificaciones a los Términos).

18.2. Se enviarán al correo registrado, que debe mantenerse actualizado.

Cláusula Décimo Novena — Propiedad intelectual

19.1. Los derechos de propiedad intelectual sobre la Plataforma son de CONSULTORIO PRO o sus licenciantes.

19.2. Los datos clínicos registrados en la HCE son de titularidad del Paciente (Ley N.° 26.529); el Profesional no adquiere derechos de propiedad sobre ellos.

19.3. Las evoluciones son documentos médico-legales cuya propiedad corresponde al Paciente, sin perjuicio de la autoría del Profesional.

Cláusula Vigésima — Limitación de responsabilidad de CONSULTORIO PRO

20.1. La Empresa no es responsable por el contenido clínico de los registros del Profesional; errores de diagnóstico, tratamiento o prescripción; omisiones de registro; ni por daños derivados del uso incorrecto de la Plataforma.

20.2. No es responsable por la validez de la habilitación profesional ni por la atención sin cobertura de seguro de mala praxis.

Cláusula Vigésimo Primera — Contexto SaaS y relación con el Establecimiento

21.1. La relación entre el Profesional y el Establecimiento se rige por el vínculo laboral, profesional o contractual existente, con independencia de estos Términos.

21.2. El Establecimiento puede acceder a datos de agenda, métricas, evoluciones pendientes y documentación del Profesional, en el marco de sus funciones de gestión. El Profesional acepta expresamente esta posibilidad.

21.3. En caso de desvinculación, el acceso del Profesional puede ser desactivado por el Establecimiento; las evoluciones y registros permanecen en la HCE de los Pacientes.

Cláusula Vigésimo Segunda — Modificaciones de los Términos

22.1. CONSULTORIO PRO puede modificar los Términos notificando con una antelación mínima de treinta (30) días corridos. La continuación del uso implica aceptación tácita; en desacuerdo, el Profesional puede solicitar la cancelación de su cuenta sin costo dentro del plazo.

Cláusula Vigésimo Tercera — Suspensión o cancelación de cuentas

23.1. CONSULTORIO PRO puede suspender o cancelar la cuenta ante incumplimiento; pérdida de habilitación; vencimiento del seguro de mala praxis sin renovación; uso por terceros; acciones que comprometan la seguridad o los datos de Pacientes; o solicitud del Establecimiento.

23.2. La suspensión no afecta la conservación de la HCE ni de los registros de auditoría.

Cláusula Vigésimo Cuarta — Legislación aplicable y jurisdicción

24.1. Los Términos se rigen por las leyes de la República Argentina (Leyes N.° 17.132, 26.529, 25.326, 25.506, 27.553, el CCyCN y demás normativa profesional aplicable).

24.2. Las partes se someten a los Tribunales Ordinarios en lo Civil y Comercial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, con renuncia a cualquier otro fuero.

Aceptación de Términos y Condiciones

Al completar mi registro o utilizar la Plataforma CONSULTORIO PRO, declaro: (i) ser profesional de la salud con habilitación vigente; (ii) haber leído y aceptado en su totalidad estos Términos y Condiciones, la Política de Privacidad y la Política de Confidencialidad; (iii) conocer y asumir mis obligaciones legales de documentación en la HCE conforme la Ley N.° 26.529; y (iv) otorgar mi consentimiento para el tratamiento de mis datos personales. Esta aceptación tiene plena validez jurídica conforme el artículo 978 del Código Civil y Comercial y la Ley N.° 25.506.

Parte II — Política de Privacidad para Profesionales

PP-1. Responsable del tratamiento

Responsable de los datos del PROFESIONAL —los suyos, no los de sus pacientes—: Olivos Medical Health SRL, CUIT N.° [ A COMPLETAR: número ], domicilio [ A COMPLETAR: domicilio ]. Oficial de Protección de Datos: [ A COMPLETAR: email del OPD ].

La distinción importa: respecto de su matrícula, su título y sus datos de contacto, la Empresa es responsable. Respecto de los datos de los pacientes que usted atiende, es encargada, y la responsable es la institución (Cláusula Primera).

PP-2. Datos personales del Profesional que tratamos

Identidad y habilitación: nombre y apellido, documento, título/s, especialidad/es, matrícula/s (nacional/provincial) y organismo emisor, datos de la póliza de mala praxis, copia digital de título, credencial y póliza, y firma digitalizada. Contacto y perfil: email, teléfono, foto, biografía, áreas de interés, formación, precio de referencia y disponibilidad. Datos de cobro (financieros sensibles): CUIT, CBU, banco y titular. Invitación y vinculación: email de invitación, rol asignado, estado y vencimiento. Actividad: logs, métricas (evoluciones, turnos, ausentismo, huecos) y metadatos técnicos.

PP-3. Finalidades y bases legales

Ejecución del contrato de servicio (provisión de funcionalidades, gestión de cuenta y agenda, habilitación de recetas); cumplimiento de obligaciones legales (verificación de habilitación —Ley N.° 17.132—, conservación de HCE y logs —Ley N.° 26.529—, AAIP); interés legítimo del Establecimiento (gestión asistencial, métricas, seguimiento de documentación y cobros); y consentimiento del Profesional (perfil público, comunicaciones opcionales).

PP-4. Destinatarios de los datos

Establecimiento/s del Profesional (métricas, documentación, agenda, perfil); organismos de verificación de matrículas; proveedores de infraestructura (cloud, almacenamiento, comunicaciones) bajo encargo de tratamiento; y autoridades judiciales, ministerio público, reguladores de salud y la AAIP. Los datos de cobro (CUIT, CBU) son accesibles solo al personal administrativo autorizado y a los proveedores de pago necesarios.

PP-5. Plazos de conservación

  • Actividad clínica (logs vinculados a HCE): mínimo diez (10) años.
  • Documentación profesional: durante la relación con el Establecimiento y hasta cinco (5) años posteriores a la desvinculación.
  • Datos de cuenta y perfil: mientras la cuenta esté activa y hasta cinco (5) años posteriores al cierre.
  • Datos de cobro: durante la relación y hasta cinco (5) años (fiscal).
  • Logs técnicos de acceso: dos (2) años.

PP-6. Derechos del Profesional y ejercicio

El Profesional puede ejercer los derechos ARCO (Ley N.° 25.326) remitiendo solicitud escrita al OPD a [ A COMPLETAR: email del OPD ], identificándose fehacientemente; respuesta dentro de los diez (10) días corridos en los pedidos de Acceso (art. 14 inc. 2) y de los cinco (5) días hábiles en los de Rectificación, Actualización o Supresión (art. 16 inc. 2). El derecho de supresión de logs de auditoría está limitado por las obligaciones de conservación de la Ley N.° 26.529.

PP-7. Modificaciones

CONSULTORIO PRO puede actualizar esta Política notificando con una antelación mínima de treinta (30) días. La versión vigente estará disponible en la Plataforma.

Parte III — Política de Confidencialidad para Profesionales

PC-2. Información sujeta a confidencialidad

La totalidad de la HCE; datos de identidad, contacto, domicilio y cobertura de los Pacientes; datos de turnos (tipo, modalidad, indicaciones y notas internas); cualquier información sobre el estado de salud conocida por la relación asistencial; datos de otros Profesionales del Establecimiento; y la información de configuración, precios y estrategia comercial del Establecimiento.

PC-3. Obligaciones específicas del Profesional

No compartir, reproducir ni divulgar información clínica fuera de los canales autorizados; no acceder a la HCE de Pacientes sin relación asistencial activa y autorizada; no descargar ni almacenar datos clínicos en dispositivos o sistemas externos no autorizados; no compartir credenciales; no comentar ni publicar casos clínicos identificables sin anonimización y consentimiento; y cerrar la sesión al finalizar, especialmente en dispositivos compartidos.

PC-4. Régimen de acceso a datos según rol

El Profesional accede únicamente a: la HCE de los Pacientes que le hayan otorgado autorización; su agenda y turnos; las recetas emitidas por él mismo; las métricas de su propia actividad; y los datos del Establecimiento necesarios para la coordinación asistencial. No accede a la facturación del Establecimiento, los datos de cobro de otros Profesionales, las métricas globales (salvo rol de administrador) ni a la HCE de Pacientes no asignados.

PC-5. Excepciones al deber de confidencialidad

Requerimiento judicial o del ministerio público con orden fundada; enfermedades de notificación obligatoria; emergencia vital; derivación o interconsulta estrictamente necesaria con conocimiento del Paciente; y solicitud expresa y documentada del propio Paciente o su representante.

Responsabilidad profesional: Ante cualquier requerimiento externo de información clínica —de familiares, empleadores, aseguradoras o medios— el Profesional deberá abstenerse de proveer información y consultar al OPD y/o al área legal del Establecimiento, salvo emergencia vital.

PC-6. Confidencialidad post-vinculación

Las obligaciones de confidencialidad subsisten de manera indefinida tras el cese del uso de la Plataforma, la desvinculación del Establecimiento, el fin de la relación asistencial y la cancelación de la cuenta.

PC-7. Consecuencias del incumplimiento

Responsabilidad penal (violación de secreto profesional, art. 177 CP); responsabilidad civil (reparación de daños); responsabilidad administrativa y disciplinaria (colegios, consejos, ministerios); suspensión o cancelación de la cuenta; y responsabilidad contractual frente al Establecimiento.

PC-8. Notificación de incidentes

El Profesional que tome conocimiento de una posible vulneración deberá notificarla de inmediato al canal de incidentes de seguridad y abstenerse de tomar medidas que comprometan la investigación o agraven el incidente.

Aceptación global del documento

Al registrarme en CONSULTORIO PRO o utilizar cualquiera de sus funcionalidades, declaro ser profesional de la salud con habilitación vigente; haber leído y aceptado los Términos y Condiciones, la Política de Privacidad y la Política de Confidencialidad; conocer y asumir mis obligaciones legales de registro en la HCE (Ley N.° 26.529); y comprometer mi custodia de credenciales y el secreto profesional sobre la información de los Pacientes. Esta aceptación tiene plena validez jurídica conforme el artículo 978 del Código Civil y Comercial y la Ley N.° 25.506.